31 Jan Novedades autónomos 2023
El Real Decreto Ley 13/2022, de 26 de julio, por el que
se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta
propia o autónomos y se mejora la protección por cese de la actividad ha creado
un nuevo sistema de cotización que ha entrado en vigor el 1 de enero del 2023.
Este nuevo sistema tiene en cuenta los rendimientos netos mensuales para
definir las bases de cotización.
¿Qué se debe hacer para entrar en este nuevo sistema de
cálculo?
En primer lugar, es necesario hacer una previsión de los
ingresos netos que obtendremos durante el año 2023. Para tener una referencia,
si creemos que éstos serán más o menos iguales que los del ejercicio 2022,
podemos mirar el modelo 130 presentado durante este mes de enero a hacienda y
comprobar qué ingresos netos hemos obtenido durante el año 2022. También
podemos coger como referencia la declaración de la renta del ejercicio 2021.
Una vez tengamos hecha la previsión de los ingresos netos
mensuales tendremos que mirar la tabla de tramos de cotización y comprobar el
tramo que nos corresponde.
Tabla reducida de rendimientos netos y bases de
cotización 2023
Rendimientos netos |
Base mínima Euros/mes |
Base máxima Euros/mes |
Tramo 1 <=670€ |
751,63€ |
849,66€ |
Tramo 2 >670€ i <=900€ |
849,67€ |
900€ |
Tramo 3 >900€ i <1.166,70€ |
898,69€ |
1.166,70€ |
Taula general de rendimientos netos y bases de cotización
2023
Rendimientos netos |
Base mínima Euros/mes |
Base máxima Euros/mes |
Tramo 1 >=1.166,70€ i <=1.300€ |
950,98€ |
1.300€ |
Tramo 2 >1.300€ i <= 1.500€ |
960,78€ |
1.500€ |
Tramo 3 >1.500€ i <= 1.700€ |
960,78€ |
1.700€ |
Tramo 4 >1.700€ i <= 1.850€ |
1.013,07€ |
1.850€ |
Tramo 5 >1.850€ i <=2.030€ |
1.029,41€ |
2.030€ |
Tramo 6 >2.030€ i <=2.330€ |
1.045,75€ |
2.330€ |
Tramo 7 >2.330€ i <=2.760€ |
1.078,43€ |
2.760€ |
Tramo 8 >2.760€ i <=3.190€ |
1.143,79€ |
3.190€ |
Tramo 9 >3.190€ i <=3.620€ |
1.209,15€ |
3.620€ |
Tramo 10 >3.620€ i <=4.050€ |
1.274,51€ |
4.050€ |
Tramo 11 >4.050€ i <=6.000€ |
1.372,55€ |
4.495,50€ |
Tramo 12 >6.000€ |
1.633,99€ |
4.495,50€ |
¿Qué pasa si mi base de cotización actual es inferior a
la que me tocaría según estas tablas y mi previsión de los rendimientos netos?
Tendré que informar a la TGSS y realizar el cambio de base de cotización antes
del día 28/02/2023.
Si, en cambio, ya nos encontramos en el tramo correcto o
en uno superior es opcional cambiar la base de cotización durante el ejercicio
2023.
¿Cuál será la cuota que tendré que pagar, entonces? La
cuota mensual a abonar será del 31,20% de la base de cotización según los
tramos anteriores, que se desglosa de la siguiente manera: 28,30% por
contingencias comunes, 1,3% por contingencias profesionales, 0,9% por cese de
actividad, 0,1% por formación profesional y 0,6% por mecanismo de equidad
intergeneracional (MEI).
Si durante el año 2023 la previsió que hicimos no resulta
acertada y tenemos que modificar la base de cotización y el tramo lo podremos
realizar un máximo de 6 veces.
A principios del año 2024 la Tesorería, con la
colaboración de la Agencia Tributaria, supervisará de oficio que todas las
cotizaciones efectuadas sean correctas, procediendo a la devolución en caso de
cotizaciones por encima de los ingresos y reclamando la diferencia no cotizada,
en caso de cotizaciones por debajo de los ingresos.
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