Novedades autónomos 2023

Novedades autónomos 2023

 

El Real Decreto Ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de la actividad ha creado un nuevo sistema de cotización que ha entrado en vigor el 1 de enero del 2023. Este nuevo sistema tiene en cuenta los rendimientos netos mensuales para definir las bases de cotización.

¿Qué se debe hacer para entrar en este nuevo sistema de cálculo?

En primer lugar, es necesario hacer una previsión de los ingresos netos que obtendremos durante el año 2023. Para tener una referencia, si creemos que éstos serán más o menos iguales que los del ejercicio 2022, podemos mirar el modelo 130 presentado durante este mes de enero a hacienda y comprobar qué ingresos netos hemos obtenido durante el año 2022. También podemos coger como referencia la declaración de la renta del ejercicio 2021.

Una vez tengamos hecha la previsión de los ingresos netos mensuales tendremos que mirar la tabla de tramos de cotización y comprobar el tramo que nos corresponde.

Tabla reducida de rendimientos netos y bases de cotización 2023

Rendimientos netos

Base mínima

Euros/mes

Base máxima

Euros/mes

Tramo 1 <=670€

751,63€

849,66€

Tramo 2 >670€ i <=900€

849,67€

900€

Tramo 3 >900€ i <1.166,70€

898,69€

1.166,70€

 

Taula general de rendimientos netos y bases de cotización 2023

Rendimientos netos

Base mínima

Euros/mes

Base máxima

Euros/mes

Tramo 1 >=1.166,70€ i <=1.300€

950,98€

1.300€

Tramo 2 >1.300€ i <= 1.500€

960,78€

1.500€

Tramo 3 >1.500€ i <= 1.700€

960,78€

1.700€

Tramo 4 >1.700€ i <= 1.850€

1.013,07€

1.850€

Tramo 5 >1.850€ i <=2.030€

1.029,41€

2.030€

Tramo 6 >2.030€ i <=2.330€

1.045,75€

2.330€

Tramo 7 >2.330€ i <=2.760€

1.078,43€

2.760€

Tramo 8 >2.760€ i <=3.190€

1.143,79€

3.190€

Tramo 9 >3.190€ i <=3.620€

1.209,15€

3.620€

Tramo 10 >3.620€ i <=4.050€

1.274,51€

4.050€

Tramo 11 >4.050€ i <=6.000€

1.372,55€

4.495,50€

Tramo 12 >6.000€

1.633,99€

4.495,50€

 

¿Qué pasa si mi base de cotización actual es inferior a la que me tocaría según estas tablas y mi previsión de los rendimientos netos? Tendré que informar a la TGSS y realizar el cambio de base de cotización antes del día 28/02/2023.

Si, en cambio, ya nos encontramos en el tramo correcto o en uno superior es opcional cambiar la base de cotización durante el ejercicio 2023.

¿Cuál será la cuota que tendré que pagar, entonces? La cuota mensual a abonar será del 31,20% de la base de cotización según los tramos anteriores, que se desglosa de la siguiente manera: 28,30% por contingencias comunes, 1,3% por contingencias profesionales, 0,9% por cese de actividad, 0,1% por formación profesional y 0,6% por mecanismo de equidad intergeneracional (MEI).

Si durante el año 2023 la previsió que hicimos no resulta acertada y tenemos que modificar la base de cotización y el tramo lo podremos realizar un máximo de 6 veces.

A principios del año 2024 la Tesorería, con la colaboración de la Agencia Tributaria, supervisará de oficio que todas las cotizaciones efectuadas sean correctas, procediendo a la devolución en caso de cotizaciones por encima de los ingresos y reclamando la diferencia no cotizada, en caso de cotizaciones por debajo de los ingresos.

 

 

 

 

 

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